El Ministerio de Salud clausuró temporalmente este martes,la clínica estética Stetic Home by Janet Jaques, por funcionar ilegalmente sin contar con el debido permiso de habilitación, conforme lo establece el Artículo 100 de la Ley General de Salud número 42-01.
Esta clínica de estética Stetic Home by Janet Jaques está ubicada la calle Paseo de los Locutores 142 del sector Los Soto, de la ciudad de Higuey.
El cierre fue efectuado por la Dirección General de Habilitación y Acreditación, adscrita Viceministerio de Garantía de la Calidad, acompañada por el Ministerio Público a través de la Procuraduría Especializada en Salud.
La doctora Mayra Altagracia Paula, directora provincial de Salud indicó que “ la clínica Stetic Home by Janet Jaques ni siquiera ha iniciado el proceso de solicitud de habilitación, por lo que el establecimiento operaba en violación a la Ley, pese a la notificación hecha por la autoridad sanitaria local, que representa la Dirección Provincial de Salud de La Altagracia”.
Advirtió que los establecimientos que no están habilitados o que no cumplen con las normas establecidas por el Ministerio y realizan procedimientos invasivos que ponen en riesgo la salud de la poblaciónson clausurados por el organismo de salud estatal.
“Este llamado es para todos los centros de salud de primer, segundo y tercer nivel, así como laboratorios, clínicas odontológicasy esos centros que no cuenten con el personal calificado tomen en cuenta que están siendo vigilados por el ministerio”, agregó la doctora Paula.
Asimismo, llamó la atención de los propietarios de los diferentes centros de salud a acercarse al Ministerio para que regularicen su estatus y puedan trabajar legalmente y en condiciones de garantizar servicios de calidad a los usuarios.
Este cierre temporal de otro establecimiento clínico de estética y cosmiatría se enmarca en la aplicación del rol de rectoría, conducción y supervisión del Sistema Nacional de Salud que asigna la legislación vigente al Ministerio y los entes desconcentrados de rectoría local que ejercen las Direcciones Provinciales de Áreas de Salud (DPS/DAS), explica el informe.
En ese orden, técnicos de la Dirección de Habilitación y Acreditación del Ministerio y un representante local del Ministerio Público especializado en salud se trasladaron este martes a la calles Paseo de los Locutores 142 del sector Los Soto, de este municipio e hicieron el cierre temporal de la referida clínica estética, en aplicación del artículo 148 punto b numeral 3 de la referida legislación 42-01.
Para garantizar la protección de la salud de los pacientes el citado dispositivo legal manda la clausura total de manera temporal “cuando el establecimiento esté funcionando sin la autorización sanitaria requerida”; y agrega que “la clausura persistirá hasta comprobar que se haya cumplido con los requisitos legales y reglamentarios a satisfacción de las autoridades”.
MSP cierra e incauta equipos de plantas de agua en Cotuí y BonaoSanto Domingo.
También el Ministerio de Salud Pública a través de la Dirección General de Medicamentos, Alimentos y Productos Sanitarios (DIGEMAPS) y con el apoyo de la Procuraduría Especializada de Crímenes y Delitos contra la Salud, clausuró dos plantas procesadoras de agua en la provincia Sánchez Ramírez y Monseñor Nouel.
Los técnicos de la Unidad de Aguas y Bebidas envasadas, del Departamento de Alimentos de la DIGEMAPS, precisaron que la clausura se realizó por infracción a la Ley General de Salud, 42-01, sus reglamentos de control y la violación a la NORDOM 53 que regula el Rotulado y Etiquetado.
Indicaron que entre las envasadoras de aguas intervenidas se encuentran Agua Light, ubicada en la Carretera Cotuí-Maimón y Agua Guimaci, en Bonao. Durante la operación fueron incautados, entre las dos procesadoras, 131 botellones de agua en mal estado, tres bombas de agua y dos equipos de Osmosis, los cuales eran utilizados para el procesamiento y expendio del líquido.
Explicaron, además, que el operativo fue fruto de investigaciones que realiza la DIGEMAPS como parte del monitoreo y vigilancia en el mercado, por lo que se estableció que las referidas plantas distribuidoras de agua operaban sin registro sanitario, en condiciones antihigiénicas y sin cumplir con los procedimientos de buenas prácticas de manufacturas, por lo que fueron clausuradas a fin de evitar que continúen la comercialización de cuyas acciones están tipificadas como un delito sanitario.
DIGEMAPS reafirma su compromiso de velar porque se cumplan las normas establecidas por el Ministerio de Salud y exhorta a las plantas procesadoras a dar cumplimiento al etiquetado y a las condiciones higiénico-sanitarias como única forma de evitar futuros cierres, decomisos e incautaciones.