Santo Domingo.- El Tribunal Superior Electoral (TSE) estableció que la asamblea ordinaria que realizó el Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) el 17 de septiembre de 2017, cuya nulidad dispuso mediante fallo, fue celebrada en contravención de los estatutos vigentes de la organización, por haber sido conducida por individuos que se habían postulado como candidatos a los puestos que habrían de ser sometidos a discusión y deliberación de los miembros en el proceso interno.
Los jueces del TSE consideraron que la asamblea ordinaria del PRSC, en la que fue reelecto como presidente Federico Antún Batlle, es violatoria al artículo 52, párrafo uno, del estatuto de esa organización política, que establece que todo individuo que aspire a cargos internos o de elección popular cesará en el ejercicio de sus funciones hasta que concluya el proceso eleccionario, a partir del momento en que formalice su inscripción.
“Hay, pues, poco espacio para interpretación: la asamblea fue celebrada en contravención de los estatutos vigentes, al haber sido conducida por individuos que se habían postulado como candidatos a los puestos que habrían de ser sometidos a discusión y deliberación de los miembros en el proceso interno que en la especie se impugna”, señaló el TSE.
Los jueces del TSE acogieron una demanda de nulidad que interpusieron los dirigentes reformistas Ramón Pérez Fermín, Joaquín Ricardo García y Miguel Alberto Bogaert, a la cual se sumó de forma voluntario Modesto Guzmán.
El abogado del PRSC, Alfredo González, consideró que la sentencia del TSE se contradice y no es conforme a derecho, debido a que en una demanda anterior la declaró inadmisible por ser interpuesta fuera de plazo y que la instancia que decidió mediante fallo dado ayer fue sometida de forma más tardía.
Al partido rojo le paso igualito que a la asamblea de delegados del PRD y Miguel Vargas, la cual también fue declarada nula.
Con ambas sentencias, el PRD y el Partido Reformista, se quedan sin autoridades.